La regulación del asilo se encuentra bajo la soberanía de cada Estado miembro, pero a su vez bajo competencia de la Unión Europea en ciertos aspectos, ya que esta materia está inmersa en un proceso de europeización. Así, la Unión Europea ha avanzado en el camino a la creación de un Sistema Europeo Común de Asilo (SECA), idea que surge en 1997 en el Tratado de Ámsterdam.
En cuanto a la migración, la Unión Europea también dispone de una competencia compartida para desarrollar una política común migratoria con los Estados miembros. Sin embargo, el desarrollo de esta política común, no conduce a una declinación de la soberanía de los Estados miembros, sino al deber de lealtad y de ejercer las competencias dentro del respeto de los actos y objetivos de la política migratoria de la Unión.
Antes de pasar a mencionar los instrumentos europeos que actualmente rigen en estas materias, cabe destacar que las Directivas obligan en cuanto al resultado que debe darse, dejando sin embargo a las autoridades nacionales la elección de la forma y de los medios. En cambio, los Reglamentos tienen alcance general, son obligatorios y directamente aplicables a todos los Estados miembros.
De modo que nos encontramos con que Directivas y Reglamentos, se han ido modificando, superponiendo y añadiendo unos a otros, en un intento de evolucionar a un proceso común en unos casos, o de adaptación, necesidad y contestación a realidades en otros, hasta encontrarnos en la actualidad con el siguiente marco jurídico aplicable o disponible, el cual lejos de permanecer estático, se encuentra en un proceso inacabado de transformación.
Directivas
Directiva 2001/55/CE
Tema
Regulación en casos de afluencia masiva Directiva 2001/55/CE
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho comunitario
Tipo
Directiva Europea
Fecha
En vigor desde 2001, fecha de transposición 2002. Transpuesta en España por el Real Decreto 1325/2003
Resumen
Establece unas normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, así como medidas de fomento y un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a personas y asumir las consecuencias de su acogida.
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Directiva 2008/115/CE
Tema
Migración
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho Comunitario
Tipo
Directiva Europea
Fecha
En vigor desde 2008, fechas de transposicón 2010 parte y otra parte 2011
Resumen
Relativa a las normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular.
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A destacar
Establece en su artículo 1, que en todo caso se hará: “De conformidad con los derechos fundamentales como principios generales del Derecho comunitario, así como del Derecho internacional, incluidas las obligaciones en materia de protección de los refugiados y de derechos humanos”. Por otro lado, la norma prevé en su artículo 2.2 las excepciones al carácter vinculante de esta Directiva. De entre ellas encontramos: “que sean detenidos o interceptados por las autoridades competentes con ocasión del cruce irregular de las fronteras exteriores terrestres, marítimas o aéreas de un Estado miembro y no hayan obtenido ulteriormente una autorización o derecho de estancia en dicho Estado miembro.”
Tema
Asilo y Refugio
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho Comunitario
Tipo
Directiva Europea
Fecha
En vigor desde 2011, fecha de transposición 2013
Resumen
Establece los requisitos para ser considerado apatrida o beneficiario de protección internacional.
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Directiva 2013/33/UE
Tema
Asilo y Refugio
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho Comunitario
Tipo
Directiva Europea
Fecha
En vigor desde 2013
Resumen
Establece normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional.
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A destacar
Trata de garantizar unas condiciones de vida dignas (necesidades básicas) a los solicitantes de asilo que se hallen en espera de una decisión. Incluye, entre otras cosas:
-Una lista exhaustiva de motivos de detención ajustada, en todo caso al periodo más breve posible.
-Restringe la detención de las personas vulnerables.
-Ofrece el acceso a asistencia jurídica gratuita y a ser informado.
-Establece condiciones específicas de acogida en los centros de detención, (como el acceso al aire libre y las posibilidades de comunicación con abogados, organizaciones no gubernamentales y familiares).
-Obliga a llevar a cabo una evaluación individual de los casos.
Directiva 2013/32/UE
Tema
Asilo y Refugio
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho Comunitario
Tipo
Directiva Europea
Fecha
En vigor desde 2013, fecha de transposición parte en 2015 y parte en 2018
Resumen
Establece procedimientos comunes para la concesión o retirada de la protección internacional.
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A destacar
Algunos aspectos relevantes de la misma:
-El procedimiento no puede prolongarse más allá de seis meses en casos normales. Bajo situaciones expresamente referidas en el texto jurídico, se podrían resolver mediante procedimientos especiales.
-Los Estados miembros están facultados para decidir no otorgar protección a una persona si entienden que ésta puede obtenerla en otro país por el que haya transitado antes de su llegada a la UE (el llamado “tercer país seguro ”).
-La Directiva permite a los Estados miembros decidir si a las personas que no han sido reconocidas como refugiados, se les debe dejar que permanezcan en Europa durante el proceso de apelación contra esta decisión negativa (el llamado “efecto suspensivo”).
Reglamentos
Reglamento 562/2006/CE
Tema
Libre Circulación de Personas y Fronteras
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho Comunitario
Tipo
Reglamento Europeo
Fecha
2006
Resumen
Establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen). No obstante recoge como excepción a su aplicación los territorios de Ceuta y Melilla, previendose que estas ciudades autónomas se ajustarán al régimen específico recogido en el Acuerdo de adhesión del Reino de España al Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen.
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A destacar
Reglamento 2007/2004 UE modificado por el Reglamento 1168/2011 UE
Tema
Control Migratorio
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho Comunitario
Tipo
Reglamento Europeo
Fecha
2007 el primero y 2011 el segundo
Resumen
Con el primero se crea una Agencia Europea para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea . El segundo, modifica al anterior.
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A destacar
El Reglamento 1168/2011 UE establece en su artículo 2. b) 1 bis: “Ninguna persona podrá ser desembarcada en un país ni entregada a sus autoridades si ello vulnera el principio de no devolución, o si existe el riesgo de que sea expulsada de tal país o repatriada a otro vulnerando dicho principio”.
Reglamento 516/2014 UE
Tema
Migraciones, Asilo y Refugio
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho Comunitario
Tipo
Reglamento Europeo
Fecha
2014
Resumen
Por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración.
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A destacar
Reglamento 514/2014 UE
Tema
Migraciones, Asilo y Refugio
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho Comunitario
Tipo
Reglamento Europeo
Fecha
2014
Resumen
Por el que se establecen disposiciones generales sobre el Fondo de Asilo, Migración e Integración y sobre el instrumento de apoyo financiero a la cooperación policial, a la prevención y la lucha contra la delincuencia, y a la gestión de crisis.
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Reglamento 603/2013/UE
Tema
Migraciones, Asilo y Refugio
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho Comunitario
Tipo
Reglamento Europeo
Fecha
2015
Resumen
Relativo a la creación del sistema “Eurodac” (en uso desde 1993) para la comparación de las impresiones dactilares.
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A destacar
Este Reglaméntelo, recoge las siguientes medidas:
– Existe la obligación legal de aceptar y cooperar en la toma de impresiones dactilares, para los sujetos que soliciten asilo, siempre que tengan 14 años o más.
– Dichas impresiones dactilares se transmiten a una base de datos de impresiones dactilares llamada “Eurodac”, también podrían ser comprobadas en el Sistema de Información de Visados (VIS). – Siempre se proporcionará información a las personas, sobre el propósito para el que sus huellas son utilizadas y sobre los derechos y oblaciones que ostentan con relación a este procedimiento y a la información sustraída del mismo.
Reglamento 604/2013/UE
Tema
Migraciones. Asilo y Refugio
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho Comunitario
Tipo
Reglamento Europeo
Fecha
2015
Resumen
El conocido como Reglamento Dubín III, establece los criterios y mecanismos para determinar el Estado miembro de la UE responsable del examen de una solicitud de protección internacional.
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https://www.policia.es/documentacion/asiloyrefugio/pdf/reg_UE_604_13.pdf
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Otros
Instrumento de ratificación del Acuerdo de Adhesión del Reino de España al Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen del 14 de junio de 1985
Tema
Aplicación del Acuerdo Schengen en España
Organismo
Unión Europea
Ámbito
Derecho Comunitario
Tipo
Adhesión de España a Tratados europeos
Fecha
1994
Resumen
Implica la aplicación del espacio Schengen en el territorio español, no obstante en su apartado III del acta final, se recoge como excepción a la libre circulación, los territorios de Ceuta y Melilla donde si se prevén controles de documentación e identidad.
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